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Derecho migratorio y las distintas exenciones o perdones migratorios

Si usted esta siendo deportado y se encuentra atravesando el proceso judicial de remoción, en ese caso, un abogado especialista en derecho migratorio con vasta experiencia puede ayudarlo a determinar si califica para un perdón migratorio, como, por ejemplo: la solicitud 1-212, o la I-601, o la solicitud temporaria 1-601A. En Canizares Law Group, SRL, nuestros abogados cuentan con décadas de experiencia y han trabajado arduamente para que familias permanezcan unidas y pueden concretar sus sueños. Al fin y al cabo, nuestra fundadora, Claudia Canizares, también fue una inmigrante.

Su sueño americano comienza aquí — llame al 305-686-3187 ahora o envíenos un mensaje para su consulta.

¿Qué es una exención o perdón migratorio?

Hay varias razones por las que a un inmigrante no regularizado no se le permite residir de forma permanente en los Estados Unidos. Algunas de estas razones son:

  • Porque ha ingresado al país de forma ilegal
  • Porque ha permanecido en el país de forma ilegal luego de que su visa laboral o de estudio haya vencido
  • Porque ha sido condenado por la comisión de un crimen

Las leyes migratorias en los Estados Unidos dictaminan que, si alguien ingresa al país de forma legal, podrá ser deportado a través de lo que se conoce como el proceso de remoción. En el caso de que un inmigrante sea deportado luego de un proceso judicial de remoción o luego de que haya decidido retornar voluntariamente a su país de origen, en ese caso, será elegible para solicitar un perdón o exención migratorio. Estos son excelentes herramientas legales que permiten que el solicitante se reunifique con su familia lo antes posible.

¿Cuáles son los distintos tipos de perdones o exenciones migratorios?

Hay distintos tipos de perdones, que incluyen

  • Exención 1-601: esta es una alternativa para solicitantes que, en caso de ser deportados, sus familiares que residen en los Estados Unidos sufrirían potenciales dificultades y complicaciones.
  • Exención temporaria 1-601A: esta exención es para inmigrantes cuya solicitud 1-130 ha sido aprobada, y que le permite al solicitante salir del país para reunir todos los requisitos migratorios antes de retornar a los Estados Unidos.
  • Exención 1-212: esta exención es para inmigrantes que han sido deportados o removidos de los Estados Unidos y que les permite volver a solicitar el ingreso al país.

Según los hechos y circunstancias de su caso en particular, nuestros abogados podrán ayudarlo a determinar si usted califica para alguna de estas exenciones y si son apropiadas para su defensa legal.

¿Usted está atravesando un proceso de deportación? Llame ahora para determinar si califica para estos perdones migratorios.

Si usted esta siendo removido del país, nuestro equipo puede ayudarlo a definir si usted califica para alguno de estos perdones migratorios. Llame a nuestra oficina al 305-686-3187 o mándenos un correo electrónico para agendar una cita. Aceptamos tarjetas de crédito como medio de pago y ofrecemos citas telefónicas, en línea o presenciales.